Podrá
afiliarse al Partido Popular cualquier español
mayor de edad que no pertenezca a otro Partido ni
Asociación, así como los ciudadanos
de los países de la Unión Europea residentes
en España. Los residentes en España,
que sean afiliados al Partido Popular, además
del sufragio activo, tendrán el derecho de
sufragio pasivo para el acceso a los órganos
locales del Partido Popular en concordancia con la
legislación electoral y los Tratados suscritos
por España.
¿CUÁL
ES EL PROCEDIMIENTO?
La solicitud de afiliación se realizará
por escrito según el modelo aprobado por el
Comité Ejecutivo Nacional, siendo preciso que
vaya avalada por la firma de dos militantes, debiendo
presentarse ante la Junta Directiva Local de la población
en la que resida o esté censado el solicitante.
El Comité Ejecutivo Provincial o Insular resolverá
sobre la procedencia o denegación de la admisión.
¿CUÁNDO
SE ES AFILIADO?
El solicitante adquirirá la condición
plena de afiliado en la fecha en la que su alta quede
reflejada en el Censo Nacional del Partido.
Los órganos de gobierno del Partido Popular
conservarán los libros y ficheros de afiliación
con la mayor reserva y discreción.
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